Referencia legal: Código de Buenas Prácticas Agrarias (164 KB) | |
Nombre |
Resolución de 12 de diciembre de 1997, de la Dirección General de la Producción Agraria, por la que se hace público el Código de Buenas Prácticas Agrarias de Andalucía para la protección de aguas contra la contaminación producida por nitratos de origen agrario.
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Fecha de publicación | 12 de diciembre de 1997 |
Fuente de información | Junta de Andalucía (www.juntadeandalucia.es/medioambiente) BOJA núm. 2, de 8 de enero de 1997 |
Modificaciones de la norma | No existen modificaciones |
Resumen de la norma |
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Referencia legal: Decreto 261/1998 (79 KB) | |||||||
Nombre |
Decreto 261/1998, de 15 de diciembre, por el que se designan las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Fecha de publicación | 15 de diciembre de 1998 | ||||||
Fuente de información | Junta de Andalucía (www.juntadeandalucia.es/medioambiente) | ||||||
Modificaciones de la norma | No existen modificaciones | ||||||
Resumen de la norma |
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Referencia legal: Orden de 27 de junio de 2001 (144 KB) | |||
Nombre |
Orden de 27 de junio de 2001, conjunto de las Consejerías de Medio Ambiente y Agricultura y Pesca, por la que se aprueba el Programa de Actuación aplicable a ZV a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias de Andalucía.
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Fecha de publicación | 3 de julio de 2001 | ||
Fuente de información | Junta de Andalucía (www.juntadeandalucia.es/medioambiente) BOJA núm. 75, de 3 de julio de 2001 | ||
Modificaciones de la norma | No existen modificaciones | ||
Resumen de la norma |
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Referencia legal: Orden de 25 de junio de 2004 (137 KB) | |||||||||||
Nombre |
Orden de 25 de junio de 2004, por la que se desarrollan los requisitos agroambientales en relación con las ayudas directas en el marco de la Política Agrícola Común.
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Fecha de publicación | 14 de julio de 2004 | ||||||||||
Fuente de información |
Junta de Andalucía (www.juntadeandalucia.es/medioambiente) BOJA núm.137 de 14 de julio de 2004
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Modificaciones de la norma | No existen modificaciones | ||||||||||
Resumen de la norma |
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Referencia legal: Orden de 12 de julio de 2006 (13 KB) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Nombre | Orden de 12 de julio de 2006, por la que se aprueba el Reglamento Específico para la Producción Integrada de Ganado Porcino Extensivo en Dehesa en Andalucía. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Fecha de publicación | 26 de julio de 2006 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Fuente de información | Junta de Andalucía (www.juntadeandalucia.es/medioambiente) BOJA núm. 143, de 26 de julio de 2006 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Modificaciones de la norma | No existen modificaciones | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Resumen de la norma |
Para el reconocimiento de una API de porcino deberá contarse al menos con 10 ganaderos y 1000 UGM en carga ganadera de porcino.
Características ganaderas obligatorias:
Alojamientos y manejo del ganado:
Gestión y manejo obligatorio de excretas y residuos:
La Orden, también regula condiciones respecto a:
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Referencia legal: Orden de 5 de Junio de 2007 (8.293 KB) | |||||||||||||||||||||||||
Nombre | Orden de 5 de junio de 2007, por la que se desarrollan los requisitos de aplicación de la condicionalidad en relación con las ayudas directas en el marco de la Política Agrícola Común. | ||||||||||||||||||||||||
Fecha de publicación | 18 de Junio de 2007 | ||||||||||||||||||||||||
Fuente de información | BOJA núm. 119 | ||||||||||||||||||||||||
Modificaciones de la norma | No existen modificaciones | ||||||||||||||||||||||||
Resumen de la norma |
Para la integración de los requerimientos medioambientales en la práctica agraria, todo agricultor que reciba ayudas directas deberá cumplir con los criterios de aplicación de buenas condiciones agrarias y medioambientales en su explotación (aunque estén ubicadas en todo o sólo en parte en el territorio de la Comunidad de Andalucía).
Cumplimiento de las buenas condiciones agrarias y medioambientales (artículo 4):
En la tabla se indican algunos de los objetivos detallados a cumplir por las explotaciones ganaderas (Ver todos a Orden de 5 de junio de 2007 del BOJA) |
Referencia legal: Decreto 36/2008 (1.649 KB) | |||||||||||||||||||||||
Nombre | Decreto 36/2008, de 5 de febrero, por el que se designan las zonas vulnerables y se esta- blecen medidas contra la contaminación por nitratos de origen agrario. | ||||||||||||||||||||||
Fecha de publicación | 20 de febrero 2008. | ||||||||||||||||||||||
Fuente de información | Junta de Andalucía (http://www.andaluciajunta.es/BOJA) | ||||||||||||||||||||||
Modificaciones de la norma | No existen modificaciones. | ||||||||||||||||||||||
Resumen de la norma |
El objetivo del Decreto es designar las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario en la Comunidad Autónoma de Andalucía y establecer medidas para conseguir la disminución de la carga contaminante de nitratos de origen agrario aportada al medio hídrico andaluz. Las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario en la Comunidad Autónoma de Andalucía, son las siguientes:
En el mismo decreto se desarrolan los siguinentes artículos:
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